Condiciones generales de alquiler de MARINA CAMPER SL

Condiciones generales de alquiler de MARINA CAMPER SL

1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable.

1.1. Únicamente son válidas las siguientes Condiciones generales de MARINA CAMPER SL, sus socios y licenciatarios (en adelante, el “arrendador”). No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Comerciales del Arrendador. Estas últimas también serán válidas cuando el arrendador alquile sin reservas la autocaravana/camper/caravana al arrendatario, aun conociendo las condiciones divergentes del arrendatario.

1.2. El objeto del contrato formalizado con el arrendatario es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la autocaravana/camper/caravana. El arrendatario no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la totalidad de estas últimas.

1.3. En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado.

1.4.  Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.

2. Edad mínima, conductores autorizados.

2.1. El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 26 años.   Y estar en posesión de un permiso de conducción clase B con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.

2.2. Si en el momento de la entrega de la autocaravana/camper/caravana alquilada no se dispone del permiso de conducir que se corresponda con el vehículo alquilado, se considerará que no se ha recogido la autocaravana/camper/caravana; en este caso se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2).

2.3. Tan sólo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales que se hayan registrado en el centro de alquiler.

3. Precios de alquiler y cálculo, duración del alquiler.

3.1. Los precios del alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de firmar el contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.

3.2. Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato.

3.3. El alquiler mínimo es de tres días.

3.4. Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, Kilometraje ilimitado para alquileres de más de tres días, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 11).

3.5. El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana/camper/caravana por parte del arrendatario en el centro de alquiler y finaliza con la recogida del vehículo por parte de los empleados del centro de alquiler.

3.6. Si se devuelve la autocaravana/camper/caravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador computará 29,00€ por hora de retraso (no obstante, como máximo por cada día de retraso el precio será de 300€). El arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.

3.7. En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio integro de alquiler acordado contractualmente.

3.8. La autocaravana/camper se entrega con los depósitos de combustible y AdBlue completamentellenos. En el momento de la entrega el arrandatario abonará mediente tarjeta bancaria el importe de 180€ en concepto de combustible y Adblue. A la dedión del vehículo el arrendador repondrá a llenos los niveles de ambos consumibles y procederá a abonar al arrendatario la diferencia entre el importe inicialmente abonado y el coste de reposición de lo consumido. El importe cargado por litro de combustible o Adblue será el vigente en la estación de servicio en el momento del repostaje. No existiendo lucro por parte del arrendador por este concepto, que podrá ser justificado documentalmente. El arrendatario correrá con los gastos de los carburantes, gases y demás consumibles de funcionamiento durante el período de alquiler.

3.9.  En ningún caso se devolverá el vehículo en un centro distinto al de la recogida.

4. Reserva

4.1. Las reservas solo serán vinculantes tras la confirmación del arrendador, según el apartado 4.2. y exclusivamente para grupos de vehículos, no para modelos de vehículos. Esto también será válido cuando en la descripción del grupo de vehículos se indique a modo de un ejemplo un modelo concreto.

4.2. Una vez que el arrendador haya entregado la confirmación por escrito de la reserva, se deberá pagar un depósito del 30% del importe del alquiler en el plazo indicado en la oferta vinculante, que será en un periodo máximo de 3 días hábiles. A partir de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el arrendatario no cumpla este plazo, la reserva dejará de ser vinculante para el arrendador. En caso de que el cliente rescinda la reserva vinculante, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:

  • hasta 60 días antes del inicio del alquiler, 25% del precio del alquiler
  • entre 59 y 30 días antes del inicio del alquiler, 50% del precio del alquiler
  • entre 30 y 15 días antes del inicio del alquiler, 80% del precio del alquiler
  • entre 15 y el mismo día del alquiler o en caso de no recoger el vehículo, 100% del precio del alquiler.
  • En caso de precio de oferta o promoción, la reserva no será reintegrable aunque si se podrá optar por un traslado a otra fecha de la misma franja de temporada. En ningún caso se devolverá el pago realizado.

5. Condiciones de pago, fianza

5.1. El precio de la reserva del alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá ingresar en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario según las condiciones del apartado 4.2.

5.2. A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 650€, mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato. Esta fianza responderá de los posibles daños causados al vehículo, tanto interiores como exteriores, así como de los complementos, útiles y enseres que el arrendador entregue al arrendatario con el vehículo.

5.3. El 70% restante de la reserva se abonará mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito, Bizum o efectivo, con 20 días de antelación a la recogida del vehículo. El incumplimiento dará derecho al arrendador a la cancelación de la reserva y la aplicación de las condiciones de cancelación (apartado 4.2.) en cualquier momento.

5.4. En caso de reservas a corto plazo (menos de 20 días antes de la fecha del alquiler), la fianza y el precio del alquiler vencerán de inmediato.

5.5. La fianza será devuelta en un plazo de 15 días después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa arrendadora, el cual en caso de desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar, entendiendo que el vehículo debe ser devuelto en el mismo estado en que se entregó, y asumiendo  sin escusas,  ni amenazas, los daños causados y su restitución al estado original en que se entregó, con la reposición de los recambios y accesorios originales, no siendo admisibles en este sentido el empleo de piezas no originales o reparaciones efectuadas por terceras empresas que pudieran ser propuestas. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 30 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.

5.5. El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador

  • En el momento de la devolución del vehículo, el importe de kilometraje para alquileres de tres días superior a 1200km (kilometro extra 0,30€/km), calculando según la tarifa en vigor, y/o los cargos adicionales surgidos de la aplicación de estas Condiciones Generales de alquiler.
  • Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin autorización del arrendador.
  • El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler.
  • En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
  • Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
  • El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes).
  • En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 650€ por siniestro, en caso de ser accidente o robo por neglicencia del arrendatario deberá abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación o devolución o aclaración del robo. En el caso de que la compañía aseguradora no cubriese la indemnización por causas imputables al arrendario, éste asumirá el importe total de la indemnización.
  •  
  • 5.6. Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones vigentes.

6. Entrega y devolución del vehículo

6.1. Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del arrendador en el punto de entrega (Check Out), en el que se describirá el estado del vehículo.

El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la inspección del vehículo.

6.2. Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a viernes, de 10h a 13h y de 16h a 18h y las devoluciones de lunes a viernes, de 16h a 18h, de forma opcional se podrá pactar un horario distinto con el arrendador. Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se considerarán los acordados. El día de la entrega y devolución computaran para el precio del alquiler indistintamente de la hora de la entrega y devolución. 

6.3. Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados con una tarifa diaria del triple a la cantidad aplicada en el contrato. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la estudie (con posible cargo adicional) y acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.

6.4. Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto este último ningún compromiso previo alguno.

6.5. Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.

6.6. En la devolución del vehículo por finalización de alquiler, el arrendador no tiene la obligación de revisar el vehículo en el preciso momento de la devolución, siendo posteriormente cuando  se revisara por el personal responsable de la empresa, y si se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta sin discusiones, amenazas ni negativas de pago la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador .

6.7. El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales vacíos (en caso contrario se cobrará un suplemento de 120€) y del WC vacíos y limpios (en caso contrario se cobrará un suplemento de 160€).

6.8. El hecho de llenar el depósito de agua potable con diésel u otro combustible, o el depósito de diésel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 1000€.

7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección

7.1. El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Así mismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:

  • No permitir que los conduzcan otras personas más que el mismo o las expresamente estén autorizadas.
  • No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
  • No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
  • No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
  • No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
  • No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
  • No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
  • Prohibido fumar y llevar animales de compañía (en caso de incumplimiento, cargo adicional de 650€ 1.000€)
  • No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
  • No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
  • No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
  • El arrendador solo está autorizado a circular con el vehículo arrendado a los siguientes países:
  • Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Gran Bretaña,  Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega,  Portugal, Suecia, Suiza.
  • Queda expresamente prohibido viajar a Bulgaria, República Checa, Chipre, Croacia, República Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Crecia, Hungría, Islandia, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Rumania, Bosnia-Herzegovina, Macedonia, Moldavia, Serbia, Turquía, Marruecos ,y a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
  • Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
  • Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos del reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.

7.2. El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana/camper/caravana de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.

7.3. Está prohibido fumar en todos los vehículos. No se pueden llevar animales de compañía. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Asimismo, éste último deberá asumir los gastos de la ventilación o eliminación de olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo. Por norma general, se aplicará una tarifa de limpieza a la devolución de 35€. Para aquellas limpiezas que requieran un limpieza especial por haber sido devuelta en un estado de suciedad muy superior al debido a un uso normal y razonable se cargarán 100 € por este concepto.

7.4. En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apdos. 7.1., 7.2. y 7.3., el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

8. Comportamiento a seguir en caso de accidente

8.1. En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler (el teléfono consta en el vehículo alquilado y en el contrato de alquiler). No se admitirán pretensiones contrarias.

8.2. Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidentes se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de conducir, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.

8.3. En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.

  • 8.4. Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe -no importa cuál sea la razón- e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad, debiendo abonar asimismo una indemnización, equivalente al importe del alquiler cesante, por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.

8.5. No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.

8.6. En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo. 

9. Defectos de la autocaravana/camper/caravana

9.1. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.

9.2. Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en la autocaravana/camper/caravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos de indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.

10. Reparaciones, vehículo de recambio

10.1. El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca siempre previa autorización escrita del arrendador.

10.2. Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y sólo con ésta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca, salvo autorización expresa del arrendador.

10.3. Los daños que afectan a los neumáticos,  pinchazos y reventones serán  a cargo del arrendatario.

10.4. En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador, el arrendatario deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y esperar respuesta del arrendador, cualquier daño ocasionado al vehículo por desatención, temeridad o desinteres del arrendatario será imputable al mismo y será éste quien corra con los gastos de reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (p. ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación. Se trata de vehículos nuevos en cobertura de garantía del fabricante y las intervenciones han de supeditarse necesariamente a los procedimientos de garantía dictaminados por el fabricante. Se hace constar que avería de La bomba de agua del habitáculo correrá a cargo del arrendatario.

10.5. En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

10.6. En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la autocaravana/camper/caravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo periodo de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador, si no tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, se acordara un cambio de fechas. quedando excluida una rescisión de contrato.

10.7. En caso de que siendo culpable el arrendatario, que la autocaravana/camper/caravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio, perdiendo el arrendatario la parte restante del periodo de alquiler. No teniendo derecho el arrendatario a reclamación por los días no disfrutados.

11. Responsabilidad del arrendatario de autocaravana y camper, seguro a todo riesgo

11.1. Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 650€, que deberá asumir el arrendatario.

11.2. El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso, que deberá asumir inescusablemente.

11.3. La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo. 11.1, no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8.

11.4. La exención de responsabilidad del apdo.11.1 no procederá en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.

11.5. Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento dudoso en los siguientes casos:

  • Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde este circulando.
  • Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
  • Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
  • Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni el alcance de éste último.
  • Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de este último.
  • Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1
  • Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2
  • Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
  • Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, largo, ancho).
  • Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.

11.6. El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a este último.

11.7. En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.

12. Responsabilidad del arrendatario de la caravana, seguro a terceros

12.1 Según los principios del seguro a terceros,  el arrendatario asumirá los costes de reparación de los daños causados a la caravana.

13. Responsabilidad del arrendador, prescripción

13.1. El arrendador no será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías. No procediendo reclamación alguna por parte del arrendatario.

13.2. Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, tampoco dará derecho al reintegro de la reserva y sí al traslado a una fecha futura comprendida en la misma tarifa de temporada.

13.3. El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler de la autocaravana/camper/caravana.

13.4. Serán válidas la Condiciones Comerciales Generales expuestas en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.

14. Jurisdicción

En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana/camper/caravana, se acuerda que la jurisdicción sea la del centro de alquiler.